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Descripción archivística
Villegas Piñateli, Manuel de (1664-1752) Tesorero de la Real Academia Española
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Acta de 6 de marzo de 1732

Por ausencia del director, Juan de Ferreras preside la junta.

El secretario da cuenta de que Manuel de Villegas y Piñateli le ha avisado de que no podría asistir a la junta por hallarse indispuesto.

En consecuencia del acuerdo tomado en esta junta sobre la distribución de gajes, se declara que en los gajes que vacaron por el fallecimiento de Lorenzo Folch de Cardona debe entrar Manuel de Villegas y Piñateli. Se acuerda también que Manuel de Villegas y Piñateli y Francisco Antonio Zapata pasen a cobrar lo estipulado por la nueva planta de los estatutos debido a sus nuevos empleos de revisor y contador desde el 1 de enero de 1732.

Se da cuenta de un memorial de José Torrero y Marzo en el que expresa su deseo de ingresar en la Academia. Se procede a votar secretamente y queda admitido como académico supernumerario en el lugar de Diego Suárez Figueroa, que se encuentra en Sevilla sirviendo sus empleos de capellán de honor y teniente de limosnero mayor del rey. Se acuerda que el secretario le avise para que pueda ir a tomar posesión.

Diego de Villegas y Quevedo lleva a la junta lo que ha trabajado sobre la letra M, toda la combinación Ma. Juan de Ferreras ordena que se lean algunas cédulas para examinar si viene compuesto al método de la academia. Tras votación queda aprobado por todos y se le dice que quede en su poder hasta que sea leído en junta.

Acta de 7 de noviembre de 1737

José Casani preside la junta por ausencia del director.

El director, marqués de Villena, envía una carta a José Casani para que se haga provisión de una remuneración cono ayuda de costa a Manuel de Villegas Piñateli y Manuel de Villegas Oyarvide por el buen desempeño que han demostrado al tomar las últimas cuentas del difunto tesorero, Vincencio Squarzafigo. La Academia aprueba esta decisión del director y se da orden a los contadores para que hagan libramiento dicha remuneración, que les debe ser entregada por el nuevo tesorero, Pedro González.

Prosigue la explicación de las voces de la combinación Ve a cargo de Miguel Gutiérrez de Valdivia.

Acta de 8 de enero de 1732

Por ausencia del director, Juan de Ferreras preside la junta.

Diego de Villegas da lectura a una carta de Pedro de Peralta Barnuevo de agradecimiento por los dos tomos del diccionario, con la que remite el primero tomo de la Historia de España e indica que remitirá el segundo tomo y un poema titulado Lima fundada.

Tomás Pascual de Azpeitia pide a la junta que decida si Miguel Gutiérrez de Valdivia puede cobrar los gajes que gozaba cuando salió Madrid. Se decide que se actúe como se hizo con Diego Suárez de Figueroa y Casimiro Ustáriz.

Carlos de la Reguera considera necesario determinar si los académicos ausentes pueden cobrar los gajes que le corresponden. Se decide votar el 17 de enero.

Prosigue la explicación de las voces de la combinación In, que está a cargo de José Casani.

Acta de 9 de septiembre de 1738

El director, tras consultar a la junta, decide asignar 1500 reales anuales como sueldo al formante de la obra del suplemento del Diccionario. Seguidamente se elige por votación para dicho oficio a Manuel de Villegas Oyarvide.

El director propone que se asigne a Lope Hurtado de Mendoza ocho reales de plata por cada día de lectura, después de su nombramiento para la lectura del Diccionario y para elaborar las notas, enmiendas y adiciones convenientes, y que el propio Hurtado sustituya al secretario en las juntas a las que no pueda asistir Pedro González por ausencia, ocupación o enfermedad para que se anoten los acuerdos que se tomen en las juntas con brevedad.

Se ve la planta y método que se ha de observar en el suplemento del Diccionario, formada por Manuel de Villegas Piñateli, Carlos de la Reguera y Lope Hurtado de Mendoza. Queda aprobada.

Se resuelve revisar el tratado de Ortografía contenido en el primer tomo del Diccionario por todos los académicos, en especial por Reguera, Oyarvide y Huerta, para obtener una nueva versión más exacta. Este nuevo tratado debe presentarse al rey, al tiempo que el sexto tomo del Diccionario, con la súplica de que ordene su aplicación en todos sus reinos y señoríos y que conceda a la Academia el privilegio perpetuo de su impresión, venta y despacho.

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