- ES 28079 ARAE F1-1-1-1-14-3
- Unidad documental simple
- 1879-06-03
Parte deA/ Real Academia Española
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Añade que la alteración de los originales dará lugar a una multa de 50 ducados al impresor y al autor o editor.
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Con la prevención de que para imprimir la Academia necesitará de la licencia del Consejo de Castilla y que es necesario que informe sobre los sellos y las armas que tendrá la Academia.
En el margen izquierdo, copia de la respuesta del marqués de Villena, de 14 de abril de 1714, en la que asegura que se observará la petición de licencia de impresión y con la que adjunta una memoria con los sellos que tendrá la Academia y los usos que se les darán (no se conserva la memoria).
Copia del Real Decreto de 23 de mayo de 1714
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Real Decreto enviado al primer presidente del Consejo de Castilla de orden de expedición de una Real Cédula de autorización de la Academia.
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Fotografía de A. Jesús Manchado, Madrid.