- ES 28079 ARAE F1-2-1-11-1-1-1-L4-218v-219r
- Unidad documental simple
- 1736-08-09
Parte deReal Academia Española
Hurtado de Mendoza.
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Hurtado de Mendoza.
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Por ausencia del director, Juan de Ferreras preside la junta.
El secretario da cuenta de que Lorenzo Folch de Cardona y Diego de Villegas y Quevedo le han avisado de que no podrían asistir a la junta. También se han excusado Tomás Pascual de Azpeitia, Francisco Antonio Zapata y Lope Hurtado de Mendoza. Juan de Ferreras nombra a Manuel Pellicer de Velasco para que acuda a felicitar al conde de San Esteban de Gormaz.
El secretario da cuenta de que estuvo el día anterior en la imprenta y notifica que todo está dispuesto para comenzar la impresión del tercer tomo del diccionario.
Se acuerda que Vincencio Squarzafigo escriba a Lorenzo Folch de Cardona pidiéndole que remita las cédulas de las voces del reino de Aragón que le envió Juan Francisco Escuder.
Termina la lectura de la lista de las voces de la combinación Go, que está a cargo de Juan de Ferreras y queda aprobada y en su poder para pasarla a limpio.
Prosigue la explicación de las voces de la combinación Fa, que está a cargo de Vincencio Squarzafigo.
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los condes en nombre de la Academia.
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la Academia.
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Diego Suárez de Figueroa.
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de voces de M ante O encargada a Diego de Villegas.
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Prosigue la explicación de las voces de la combinación De a cargo de Juan de Villademoros.
Prosigue la lectura de la lista de voces de la letra E elaborada por Adrián Conink.
Juan Ignacio de Ferreras lee el asunto del mes que le fue asignado, correspondiente al mes de septiembre de ese mismo año, una disertación de la patria de los godos que dominaron a España.
Se determina dar por vacante la plaza perteneciente a Manuel de Fuentes debido a su falta de asistencia y compromiso con la Academia, al no haber dado noticia alguna de su situación o paradero e incurrir así en la pena del estatuto quinto, capítulo segundo de los Estatutos de la Academia.
Se acordó escribir al conde de Saldueña y al marqués de San Juan para saber si tenían excusas legítimas para no acudir a las juntas ni realizar sus encargos, y así poder actuar de la forma más acertada.
Acta de 8 de noviembre de 1731
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Squarzafigo y quedó aprobada.
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por Diego Suárez de Figueroa.
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de Ferreras y quedó aprobada.